Noticia19/04/2022

La Iglesia de Jaén recoge firmas para la regularización extraordinaria de personas extranjeras

El objetivo es sumar, desde la Diócesis de Jaén, 36.000 apoyos a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) impulsada para llevar al Congreso la propuesta de la que se beneficiarían cerca de medio millón de personas en situación administrativa irregular.

La Iglesia de Jaén se adhiere a la recogida de firmas para una regularización extraordinaria de personas migrantes en España. El objetivo es sumar, desde la Diócesis de Jaén, 36.000 apoyos a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) impulsada con carácter nacional para llevar al Congreso de los Diputados la propuesta de la que se beneficiarían cerca de medio millón de personas en situación administrativa irregular. En toda España, son necesarias 500.000 firmas. El Secretariado de Migraciones y Cáritas Diocesana de Jaén, junto con otras entidades eclesiales, impulsan esta recogida de firmas en la provincia jiennense, con la que esperan sensibilizar a la sociedad, a través de diversas acciones, hasta el próximo mes de septiembre.  

La propuesta concreta que recoge la ILP, impulsada por la plataforma “Esenciales”,  es modificar la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social con la siguiente redacción: “Disposición transitoria primera. Regularización de extranjeros que se encuentren en España. El Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá, en el plazo de 6 meses, un procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de noviembre de 2021”. Es una propuesta sujeta a leyes y coherente con compromisos internacionales.

La regularización no es un hecho excepcional. España ha conocido, durante la última etapa democrática, seis procesos de regularización. Las dos regularizaciones más importantes, en cuanto al número de personas regularizadas, fueron la realizada en el año 2001 decretada en el Real Decreto 239/2000, y la realizada en el año 2005 decretada en la disposición transitoria tercera de Real Decreto 2393/2004. Además, es un proceso habitual en los países de nuestro entorno como Italia o Portugal.

La propuesta plantea la obtención de un permiso de residencia y trabajo temporal de un año de duración, dirigido a las personas que cumplan con los requisitos establecidos en alguna de las cinco posibles vías descritas en el articulado de la Iniciativa Legislativa Popular.

No supone en ningún caso el mal llamado “efecto llamada”, pues es un proceso que solo afectaría a los inmigrantes en situación irregular que se encuentren en territorio español antes del 1 de noviembre de 2021.


Razones para la regularización

 

1. 

Respeto de los derechos fundamentales de cada ser humano

La irregularidad supone una condena a la explotación laboral, la invisibilidad frente a las instituciones, la desprotección legal o la exclusión de facto de servicios públicos esenciales como la educación y la sanidad. 

2. 

Pérdida de un gran aporte económico y fiscal para la sociedad

Por un lado, la irregularidad impide a muchos migrantes contribuir dignamente con capacidades que son esenciales para el sostenimiento de la sociedad. Por otro, la economía sumergida limita las contribuciones fiscales de estos trabajadores a los impuestos indirectos de lo que consumen. Una regularización afloraría, rápia y eficazmente, el gran potencial de sus impuestos directos y de las contribuciones de empleados y empleadores al sistema de Seguridad Social. Una estimación reciente de la Universidad Carlos III sugiere que la aportación neta media de los trabajaores regularizados se incrementaría por encima de los 3.250 euros por persona y año. 

3. 

Déficit de gobernanza pública

La existencia de cerda de medio millón de personas fuera del radar de las instituciones y de la planificación de los servicios públicos supone un déficit de gobernanza pública que es urgente corregir. 

4. 

Deuda de gratitud

Cada una de las razones anterirores ha multiplicado su relevancia durante los meses de la pandemia, donde las comunidades de migrantes en situación irregular han dado la cara por la sociedad en sectores imprescindibles como el de los cuidados, el reparto a domicilio o la recogida de fruta y verdura. Con ello pagaron un altísimo precio en forma de contagios y muertes. Nuestra sociedad tiene una deuda de gratitud con uno de los colectivos más vulnerabilizados. 


Respaldo de la Conferencia Episcopal

A través de su Departamento de Migraciones, la Conferencia Episcopal se expresa y reflexiona en profundidad ante la propuesta de la ILP, aportando valor a los debates y mostrando las bondades, coherencia y compromiso que supone la propuesta:

«Conocemos la situación de tantas personas y familias abocadas a una situación administrativa irregular y lo que ello conlleva; el último Informe Foessa al respecto ha sido contundente. Entendemos que la situación administrativa irregular o la irregularidad sobrevenida en la que se encuentran tantas familias no contribuye ni a su inclusión ni a su desarrollo integral. Por tanto, a la luz de la Enseñanza Social de la Iglesia consideramos que el contenido de la iniciativa en cuestión es justa.  Los argumentos presentados pueden complementarse bien con los propuestos tantas veces por la Iglesia en la voz de sus obispos, entidades y, sobre todo, del Papa Francisco cuando aboga por “establecer en nuestra sociedad el concepto de plena ciudadanía” (FT 131). Regularizar a las personas migradas contribuye precisamente a eso; es una continua y prioritaria demanda de nuestra Iglesia de cara a poder acoger, proteger, promover e integrar dignamente. 
Enmarcamos esta iniciativa popular como un ejercicio responsable de gobernanza ciudadana en el marco de un Estado que tiene el derecho de regular los flujos migratorios en un contexto más amplio de co-responsabilidad en la Unión Europea.
Como recordaban nuestros obispos de la Subcomisión Episcopal para las Migraciones y la Movilidad Humana en su mensaje con motivo de la Jornada Mundial del Migrante y del Refugiado 2021: “tenemos la tarea de ayudar a recrear el modelo de ciudadanía que propicie una cultura de la integración que, además, aprenda a globalizar la responsabilidad de vivir juntos en esta casa común.  La salida es incorporar aquello a lo que Fratelli Tutti invita: “una mejor política, política puesta al servicio del verdadero bien común” (FT 154)».


Postura del Vaticano

Por su parte, el Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral emitió el 6 de Junio de 2020 una nota donde se mostraba favorable a la regulación de las personas migrantes:

«Desde la perspectiva de la Doctrina Social de la Iglesia, el llamamiento en apoyo de la regularización se basa en la convicción de que «El primer compromiso de cada uno hacia el otro y, sobre todo de estas mismas instituciones [políticas y sociales], se debe situar en la promoción del desarrollo integral de la persona» (Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, 131). Este principio no sólo se aplica a los ciudadanos de una determinada comunidad política, sino también a todas las personas que viven en su territorio. Se deben eliminar todos aquellos comportamientos o condiciones que comprometan la realización del desarrollo humano integral de toda persona. La condición de irregularidad constituye una de estas condiciones, a la que se puede poner fácil remedio mediante un acto administrativo».


Preguntas frecuentes

 

¿Quién puede firmar?

Sólo pueden firmar esta ILP las PERSONAS MAYORES DE EDAD CON DNI O PASAPORTE ESPAÑOL, es decir, personas con nacionalidad española.

¿Qué pasa si tengo NIE, pasaporte de otro país o no tengo papeles?

Entonces NO PUEDES FIRMAR, pero SÍ PUEDES recoger firmas de otras personas, difundir esta iniciativa y colaborar en todo lo que puedas y quieras.

¿Qué datos se piden para firmar?

Apellidos, Nombre, DNI o pasaporte español, Fecha de nacimiento, Firma. TODOS LOS DATOS DEBEN ESCRIBIRSE TAL Y COMO APARECEN EN EL DNI DE LA PERSONA. No utilizar abreviaturas, motes, etc. Si ya tienes firmas así, no pasa nada. Toma nota para las nuevas firmas que consigas.

¿Hay que escribir con mayúsculas o con minúsculas?

Es FUNDAMENTAL QUE LOS DATOS PUEDAN LEERSE CON CLARIDAD. Por eso es recomendable pedir que se utilicen letras mayúsculas. Mientras se entienda bien lo que se escriba, es válido.

¿Se puede firmar más de una vez?

SOLO SE PUEDE FIRMAR ESTA ILP 1 VEZ. Si una persona firma 2 veces (incluso si es en hojas distintas), si al verificarlas lo detectan, le invalidarán las 2 firmas.

¿Que pasa si firma por error una persona con NIE, por ejemplo? ¿Se invalida toda la hoja?

Ante cualquier error en una firma, simplemente se tacha toda la casilla de firma con unas líneas en diagonal. Luego, continuamos rellenando firmas a partir del número de casilla siguiente. Sólo se invalida la firma errónea, las demás siguen valiendo. Si el error es minúsculo se puede tachar y seguir rellenando la firma en la misma casilla de firma. Eso sí, NUNCA USAR TIPEX o similar (si ya has usado no pasa nada, pero no lo vuelvas a hacer).

¿Puedo anotar algo en la hoja de firmas?

NO SE DEBE ESCRIBIR NADA MÁS QUE LAS FIRMAS. Si quieres dejar algo anotado sobre la hoja mejor hazlo utilizando un post-it o similar. Al final de la hoja aparece un texto con huecos y espacio para la firma del “Fedatario/a” y “Delegado Provincial”. Tampoco debes rellenar nada ahí. Esto se rellenará cuando se vayan a
entregar las hojas de firmas para que las compruebe una a una la Junta Electoral Central. El Fedatario/a es una persona que firmará dando fe de que todas las firmas de la hoja son reales y no son firmas inventadas.

¿Puedo doblar la hoja de firmas?

Puedes doblarla pero lo importante es que la hoja de firmas termine lo más intacta posible. Como vamos a tener las hojas durante muchos días, semanas, meses, es importante cuidarlas al máximo. Y veréis que de llevarlas de un lado para otro, se irán desgastando los bordes y demás, por lo que haced todo lo posible para que se conserven en buen estado. Cada firma y cada hoja vale oro.

¿Qué pasa si la persona que quiere firmar no es mayor de edad (no tiene 18 años cumplidos)?

Solo podría firmar si cumple 18 años antes del 23 de septiembre de 2022. Si no es el caso, no puede firmar.