Todo lo que necesitas saber sobre
la regularización extraordinaria

Antes de iniciar el procedimiento

  • El proceso de regularización extraordinaria ya está en marcha.
  • Las personas que deseen acogerse pueden necesitar un acompañamiento adaptado a su situación.

¿Cuándo y cómo presentar la solicitud?

Del 16 de abril al 30 de junio de 2026

  • Online: en cualquier momento con certificado digital, o mediante una persona representante legal debidamente autorizada.
  • Presencial: con cita previa (gratuita), y puede realizarse en oficinas de la Seguridad Social, oficinas de Correos y Oficinas de Extranjería habilitadas.

¿Cómo obtener cita previa?

¿Quiénes pueden acceder?

  • Solicitantes de protección internacional que hayan presentado su solicitud antes del 1 de enero de 2026.
  • Personas extranjeras en situación irregular que hayan llegado a España antes del 1 de enero de 2026

Requisitos principales

  • Haber permanecido en España al menos cinco meses ininterrumpidos desde el momento de la solicitud. Para ello podrán aportarse distintos medios de prueba, entre otros:
    • Certificado de empadronamiento.
    • Cuenta bancaria.
    • Tarjeta sanitaria.
    • Contrato de alquiler.
    • Recibo de suministros.
  • Carecer de antecedentes penales (en España y en el país de origen).
  • Pasaporte del país de origen (incluso si está caducado).

También deben acreditar, al menos, uno de estos requisitos

  • Haber trabajado o tener una oferta de trabajo por cuenta ajena o proyecto por cuenta propia.
  • Convivir con hijos menores de edad (o mayores con discapacidad), o ascendientes de primer grado (madre, padre).
  • Solo cuando no puedas acreditar alguna de las anteriores será obligatorio presentar el certificado de vulnerabilidad, que debe estar sellado por servicios sociales o entidades colaboradoras.

¿Y los familiares?

Además de la persona solicitante, podrá tramitarse simultáneamente la regularización de los siguientes familiares:

  • Hijos e hijas menores de edad o mayores con discapacidad que no puedan proveer sus necesidades.
  • Cónyuge o pareja registrada y ascendientes en primer grado.

*Las personas extranjeras que ya cuentan con una autorización de residencia podrán regularizar a sus menores a cargo.

¿Cáritas Jaén expide el certificado de vulnerabilidad?

Sí. Cáritas Diocesana de Jaén ha sido acreditada ante el RECEX (Registro de Entidades Colaboradoras con Extranjería) como entidad colaboradora y, por tanto, puede facilitar certificados de vulnerabilidad de personas que se encuentran en situación administrativa irregular en España. 

 

¿Cómo solicitar el certificado en Cáritas Jaén?

Las diferentes vías de llegada de solicitudes para conseguir este certificado que se contemplan y las acciones a realizar en cada caso son las siguientes:

1.- Personas acompañadas en los recursos diocesanos:
Se cumplimentará el documento de solicitud del certificado de vulnerabilidad indicando el número de participante registrado en el SICCE-MIS. La intervención deberá ser guardada en el MIS por la persona acompañante del participante.

2.- Personas acompañadas en las Cáritas Parroquiales y Cáritas Interparroquiales:
Se cumplimentará el documento de solicitud del certificado de vulnerabilidad indicando el número de participante registrado en el SICCE-MIS. La intervención deberá ser guardada en el MIS por la persona acompañante del participante. Si el participante no está dado de alta en el SICCE-MIS esta solicitud deberá venir acompañada de la ficha Social Básica cumplimentada y firmada para mecanizar sus datos. La mecanización de datos la realizará el departamento de administración.

3.- Personas derivadas de otras organizaciones del tercer sector o que llegan directamente:
Si la persona que llega directamente está viviendo en la Diócesis de Jaén se derivará a la Cáritas Parroquial o Interparroquial correspondiente.
Si no está residiendo en la Diócesis de Jaén, se derivará al área de asesoría legal, carevalo@caritasjaen.es y inreclu@caritasjaen.es
Las personas procedentes de otras entidades del tercer sector se atenderán directamente desde el área de asesoría legal, carevalo@caritasjaen.es y inreclu@caritasjaen.es
En ambos casos si el/la participante no está dado/a de alta en el SICCE-MIS esta solicitud deberá venir acompañada de la ficha Social Básica cumplimentada y firmada para mecanizar sus datos. La mecanización de datos la realizará el departamento de Administración.

¿Qué proceso se debe seguir en Cáritas para la tramitación?

El trámite será el siguiente:

1.- SOLICITUD.  Se cumplimentará el documento de solicitud del certificado de vulnerabilidad indicando los datos que se requieren, así como un pequeño informe social con la información que se recopile tras la entrevista de acogida. Además, deberá adjuntarse una fotocopia de la documentación de la persona solicitante (pasaporte, documento de identidad del país de origen…).

2.- ENVÍO. (Se envían a carevalo@caritasjaen.es y inreclu@caritasjaen.es).

3.- RESPUESTA. (El certificado se firma electrónicamente por el secretario general y se envía en formato pdf a la dirección de correo por la que ha llegado la solicitud y a la dirección de correo del solicitante si se indica, además se enviará copia al equipo de Animación si la solicitud proviene de una Cáritas Parroquial o Cáritas Interparroquial).